Los proyectos de energía renovable en la Península de Yucatán
* Versión editada del documento Expansión de proyectos de energía renovable de gran escala en la Península de Yucatán, elaborado por Jazmín Sánchez, Ivet Reyes, Rodrigo Patiño y Alfonso Munguía (de Articulación Yucatán) y Yannick Deniau (de Geocomunes). Forma parte de una investigación cartográfica sobre la expansión de megaproyectos en la Península de Yucatán, desarrollada por Geocomunes y el CCMSS, AC. en 2019.
El sector eléctrico en la región
La producción de energía eléctrica en la península de Yucatán se desarrolló en la segunda mitad del siglo XX por medio de centrales térmicas (10 centrales de más de 30 MW desarrolladas en ese periodo, de las cuales ocho se inauguraron entre 1976 y 1992). Si durante las tres últimas décadas del siglo pasado todas las centrales estaban a cargo de la CFE, a partir del nuevo milenio la privatización del sector eléctrico tomó fuerza con la apertura de cuatro nuevas centrales, todas a cargo de empresas privadas y con una capacidad instalada de entre 275 y 500 MW.
El consumo eléctrico entre los tres estados de la Península de Yucatán muestra cierto desequilibrio con respecto de la capacidad instalada y la generación en la región. De acuerdo con datos del INEGI, en 2015 el consumo eléctrico por persona en Quintana Roo fue superior a la media nacional, mientras que el de Yucatán fue ligeramente inferior y el de Campeche aún menor. En otros términos, también es posible decir que mientras Campeche produce aproximadamente la electricidad que consume, Yucatán produce la mayor parte de la electricidad que requieren este estado y Quintana Roo juntos. Sin embargo, es notorio un déficit en la generación eléctrica de la península con respecto a su consumo.
La tabla siguiente muestra el peso que cada entidad de la península en términos de capacidad instalada, generación y consumo eléctricos anual a nivel nacional.
Fuente: Elaboración de Geocomunes a partir de la información de la Sener para 2017, de los permisos de la CRE y de información del INEGI para 2015.
El relativo poco peso que tiene la región de la península en términos de generación eléctrica, el contexto general de cambio climático y el gran potencial eólico y solar identificado por la Sener en la región son los argumentos oficiales para justificar la expansión de proyectos eólicos y fotovoltaicos en la península dentro del plan de Transición Energética promovido por la pasada administración. Sin embargo, el modelo de implementación incrementa la vulnerabilidad territorial de la península y no contempla un modelo integral de transición energética; solo busca que mediante megaproyectos privados se expanda la generación de energía para el beneficio de los grandes consumidores.
Mapa del potencial eólico (tonos azules) y solar (tonos rojizos) de la Península de Yucatán, de acuerdo con el Atlas Nacional de Zonas con Alto Potencial de Energía. Fuente: https://dgel.energia.gob.mx/azel/mapa.html?lang=es, octubre de 2018.
Expansión de las energías renovables
El modelo de Transición Energética (TE) promovido en México por la pasada administración fue potencializado con la Reforma Energética de 2013 y se enmarca en un conjunto de políticas públicas, instrumentos y mecanismos de planeación basados fundamentalmente en el mayor rendimiento económico para los grandes inversores. El gran capital privado encuentra un importante nicho de mercado en la demanda energética creciente (especialmente de los grandes consumidores) sin la integración de un análisis profundo que fortalezca la eficiencia energética, sin una revisión integral y crítica de la demanda de energía, ni de los altos costos sociales y ambientales de su generación. La política energética privilegia exclusivamente modelos extensivos de producción de energía de manejo y propiedad privada.
Así, el impulso en México al desarrollo de las energías renovables (ER) no ha sido direccionado hacia una transformación del sistema energético bajo en carbono, más eficiente, responsable, equitativo y sostenible en el tiempo -vocación original de la TE-. Por el contrario, la TE se sujetó a la promoción de proyectos de gran escala privados y extractivos que privilegian la especulación financiera, siendo omisos a una planeación estratégica e integrada social y ambientalmente. Hoy en día, se comprometen seriamente recursos naturales regionales, se transgreden el tejido social y territorial, así como los derechos humanos y colectivos de las comunidades locales e indígenas [1].
Tales consecuencias, no son resultado directo de las energías renovables ni de las tecnologías correspondientes, sino del modelo que prioriza la concentración de la propiedad y la gestión de los recursos energéticos renovables (tales como la radiación solar y el viento, de naturaleza gratuita y distribuida) en manos del gran capital privado, principalmente multinacional. Bajo tal modelo, las llamadas Subastas de Largo Plazo (SLP) fueron los instrumentos clave para la integración acelerada (con el argumento de captación económica inmediata) y para la planeación de megaproyectos de energía renovable en las “zonas de alto potencial de energías limpias” del país. En estas zonas se han autorizado megaproyectos bajo criterios técnicos y financieros, excluyendo contextos sociales, ambientales y culturales, de modo que se emplazan en zonas ecológicamente sensibles y territorios indígenas. El ejemplo es Yucatán, donde aterrizaron 50% de los megaproyectos de la primera SLP efectuada en 2016 (nueve de los 18 proyectos aprobados fueron asignados al estado de Yucatán: cuatro eólicos y cinco fotovoltaicos).
Estos nueve proyectos no son los únicos en la región. De 2012 a la fecha, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha otorgado 42 permisos para proyectos de energías renovables a gran escala en la península (25 eólicos y 17 fotovoltaicos), concentrados principalmente en el estado de Yucatán (35 permisos, cuatro para Quintana Roo y tres para Campeche). Ahora bien, como en algunas ocasiones se han otorgado varios permisos para un mismo proyecto, al final la CRE ha autorizado 14 proyectos eólicos y 13 proyectos fotovoltaicos en la península.
Por su parte, la Semarnat ha publicado en su Gaceta Ecológica un total de 29 Manifestaciones de Impacto Ambiental (MIA) para 13 proyectos eólicos y 16 proyectos fotovoltaicos ubicados en la península, 21 de las cuales ya autorizó (9 eólicos y 12 fotovoltaicos), dos siguen en de revisión y seis fueron negadas.
A esos proyectos se podrían sumar otros en los próximos años, ya que de acuerdo con el Programa para el Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (Prodesen), con información del Programa Indicativo para la Instalación y Retiro de Centrales Eléctricas (PIIRCE), se estima que en el período 2018-2032 se instalen 32 proyectos, 21 parques eólicos y 11 parques fotovoltaicos en a Península [2].
Si bien la mayoría de los proyectos ya cuentan con una MIA y un permiso de la CRE, existen proyectos que hasta la fecha solo cuentan con uno de los dos permisos públicos. Es el caso de cuatro proyectos eólicos (Temax y Tunkas, y los de las empresas Elawan y Gersan) y un proyecto fotovoltaico (San Juan), que tienen permiso de la CRE pero para los cuáles no se ha publicado una MIA. También se encuentran los casos de los parques solares La Esperanza y La Pimienta, que tienen una MIA publicada pero no cuentan con permiso de la CRE.
A continuación presentamos las tablas del conjunto de proyectos eólicos y solares identificados y mapeados en esta investigación. Para visualizar la ubicación de esos proyectos en el mapa, activar las capas de la temática “Proyectos energéticos”.
Tabla de los parques eólicos en la Península de Yucatán
Tabla de los parques solares en la Península de Yucatán
Elaboración de Geocomunes a partir de los datos de las MIA, los permisos de la CRE y las páginas de las empresas
*Este proyecto, aunque tiene los permisos autorizados, fue suspendido de manera definitiva por un juicio de amparo en abril de 2019.
Según la información contenida en las MIA, la superficie de territorio que pretenden ocupar los proyectos ya autorizados representa una suma de casi 14 mil hectáreas (10,085 para parques eólicos y 3,811 para parques fotovoltaicos), de los cuales el 30% está ubicado en tierras ejidales (4,192 ha). Visualizar traslape entre proyectos eléctricos y tierras ejidales, activando las capas de las temáticas “Proyectos energéticos” y “Propiedad Social”.
Este modelo ha generado fuertes presiones territoriales en el ámbito local. La gran superficie que dichos proyectos proyectan ocupar tendría impactos sinérgicos y acumulativos en el medio ambiente, los usos, accesos y tenencia de la tierra, amenazando la sostenibilidad del territorio y la persistencia cultural de los pueblos vinculados con él. Esto es fuente de enorme preocupación para la población local.
Problemas y conflictos asociados a estos proyectos
La Península de Yucatán es una región predominantemente maya, de gran biodiversidad y relevancia biocultural, con un sistema hidrológico único en el mundo (incluyendo el anillo de cenotes), con ecosistemas costeros y forestales que funcionan como corredores para especies de interés continental (como las aves migratorias), con especies endémicas, en peligro de extinción y con alto valor cultural (como el jaguar), y es además un área de gran riqueza arqueológica.
El acelerado desarrollo de megaproyectos de energía solar y eólica, sin una planeación estratégica ni integrada amenaza el territorio, los recursos naturales y a las comunidades locales que de dependen de ellos. Los permisos otorgados para esos proyectos contravienen ordenamientos ecológicos territoriales y han sido emitidos incluso sin que la Semarnat cumpla su deber legal de elaborar una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) de carácter regional, como lo marca el artículo 19 de la Ley de Transición Energética (2015). La EAE permitiría analizar la capacidad de carga socioambiental del territorio, proponer distintas opciones de desarrollo, establecer medidas efectivas de prevención, control, límite y gestión de los impactos acumulativos y sinérgicos a nivel regional.
En los ámbitos local y regional se ha priorizado la desinformación e incluso el engaño sobre las características y consecuencias de los megaproyectos eólicos y fotovoltaicos. Es común que ejidos y particulares firmen contratos de usufructo sin conocer siquiera de qué se tratan los proyectos y mucho menos sobre sus consecuencias, pues los contratos son firmados incluso con muchos años de anterioridad, de acuerdo con la conveniencia de los desarrolladores, para acreditar “derechos” sobre las tierras, e incluso para la gestión de permisos como la Evaluación de Impacto Ambiental. Tal es el caso de la empresa SunPower, que recurrió a Ignacio Salomón Isaac, cacique local, como intermediario para engañar y conseguir la firma de contratos de renta de cientos de hectáreas del ejido de San José Tibceh, una de las comunidades afectadas por el proyecto Ticul A/Ticul B, como se hace constar en las actas de asamblea ejidal. En este proyecto se pretende deforestar al menos 500 hectáreas para instalar más de un millón de paneles solares, tal y como fue denunciado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, documentado por la relatora especial de la ONU en su informe sobre la situación de los derechos indígenas en México [3] y ahora además ante el Tribunal Unitario Agrario (Expediente: TUA 34-1590/2018). A pesar de estas denuncias sobre el despojo territorial por parte de ejidatarios de San José Tibceh, la dirección de vinculación social de la Sener continuó el proceso de consulta sin esperar la resolución del juicio agrario.
Ixil es otro caso en el que ejidatarios han denunciado prácticas de coyotaje por parte de Alejandro Escoffié Gamboa y Mónica Isabel Pat Buendía, en contubernio con autoridades del Registro Agrario Nacional y la Procuraduría Agraria, para convertir de manera ilegítima y sin consentimiento, propiedad social del ejido en propiedad privada y para la firma de contratos con la empresa GestampWind. En este proyecto se busca instalar un parque eólico de más de 30 torres en pleno corazón del anillo de cenotes, cercana a los humedales y la duna costera, en zona de refugio de aves migratorias. Además, la Semarnat ignoró el comunicado que los pobladores le hicieron llegar sobre el carácter ilegítimo de los contratos y su oposición al proyecto al emitir, en febrero de 2019, la autorización a ese proyecto. Casos parecidos han sido denunciados por los ejidos de Sinanché, Motul, Cansahcab y Suma de Hidalgo, donde los ejidatarios han denunciado prácticas similares en la firma de contratos con las empresas Aldesa y Aldener para instalar parques eólicos.
Así, los procesos de evaluación de impacto ambiental y social de estos megaproyectos, a través de los documentos de MIA y las Evaluaciones de Impacto Social (EVIS), presentan deficiencias estructurales graves, pues en ningún caso la autoridad evaluadora requiere de estándares específicos a nivel metodológico, ni de procesos o estudios de verificación independientes. Es la propia empresa desarrolladora quien contrata y paga a las consultoras que elaboran tales estudios, lo que supone un fuerte conflicto de interés.
Al mismo tiempo, buena parte de los estudios que conforman las MIA y las EVIS, se mantienen en carácter de confidencialidad (monitoreos de flora y fauna, estudios de prospección arqueológica, información adicional solicitada a las MIA, planes de gestión social de las EVIS, etc.) y no existen mecanismos de transparencia y monitoreo durante la vida útil de los proyectos, que permitan que la comunidad científica, la población local y la sociedad en general puedan conocer, dimensionar y dar seguimiento a las consecuencias de estos megadesarrollos. A la fecha en ninguno de los proyectos se contemplan mecanismos que permitan un monitoreo adecuado, transparente y de acceso público sobre los impactos socioambientales de los proyectos durante los períodos de construcción y operación.
Un análisis a las MIA y las EVIS ha mostrado una fuerte disparidad y omisión de información básica para entender la dimensión real de los proyectos y sus impactos acumulativos. Por ejemplo, en el caso de los parques eólicos se omiten estudios fundamentales tales como los de mecánica de suelo y los monitoreos nocturnos y en temporadas de migración de las aves, mientras que en los parques fotovoltaicos, se subestiman los impactos de la deforestación de cientos de hectáreas de selva arbórea en buen estado, tales como la afectación a la apicultura, la fragmentación de la vegetación, la disminución del hábitat de diversas especies, la pérdida de protección contra el viento y el efecto isla de calor.
En el caso de las EVIS, cabe destacar que a la falta de rigor científico y la presión económica que ejercen las empresas sobre los consultores encargados de elaborarlas, se suma la imparcialidad de la entidad encargada de revisar estas evaluaciones, la misma Sener, asumiendo el rol de juez y parte del proceso. En los órganos directivos de consultoras encargadas de elaborar estas evaluaciones, se encuentran exfuncionarios del gobierno (por ejemplo la consultora ANAFEnergy, encargada de elaborar la EVIS para al menos dos proyectos y una línea de transmisión). La inexactitud de las EVIS es dolosa, pues se basa en estudios de campo de algunas semanas y llega a omitir información esencial (por ejemplo, sobre poblaciones directamente afectadas) con el fin de favorecer los proyectos.
También destaca la restricción en el acceso a la información relativa a la prospección arqueológica y de impactos sociales, pese a ser una región predominantemente indígena, poseedora de una extensa riqueza arqueológica y cuya cosmogonía está vinculada a espacios geográficos susceptibles de ser afectados por estos desarrollos, como es el caso de los cenotes, cuevas y montes. Un ejemplo es el cenote Múusench´een, sitio ceremonial de uso sagrado ininterrumpido desde hace más de 2000 años y que se encuentra ubicado en el polígono del proyecto Yucatán Solar, que pretende talar más de 200 ha de selva.
Las empresas desarrolladoras dicen suscribirse a todos los acuerdos legales de reconocimiento de los derechos indígenas, pero gestionan proyectos sin informar a las poblaciones locales y recurren a intermediarios para conseguir la firma de contratos de renta de tierras con vigencias de al menos 30 años.
El despojo agrario y la falta de información sobre los proyectos y sus impactos ha impedido de facto el carácter previo, libre e informado del que supuestamente deben gozar las consultas indígenas, tal y como lo muestran las simulaciones de consulta realizadas en cuatro megaproyectos en Yucatán: proyecto eólico Tizimín, proyectos fotovoltaicos Ticul A y B, Peto y Valladolid. En todos estos casos se registraron prácticas de mala fe impulsadas tanto de la autoridad (Sener) como de las empresas, excluyendo a comunidades donde la población no estaban de acuerdo con el proyecto, intimidando u ofreciendo dinero a las voces críticas al proyecto, imponiendo un calendario de consulta por encima del calendario cívico-religioso y festivo local, etcétera.
Ante este panorama, en años recientes han surgido importantes esfuerzos de organización de comunidades indígenas que están denunciando las irregularidades, los procesos de despojo de sus territorios, y demandando a los gobiernos y a las empresas que respeten sus derechos, destacando el de su libre determinación. Estos esfuerzos lograron la suspensión legal del megaproyecto fotovoltaicos de Valladolid [4]. A estas voces, se han unido grupos de la sociedad civil y la comunidad científica, que han documentado las violaciones e irregularidades en el desarrollo de los megaproyectos y propuesto acciones de políticas públicas relativas a la TE, con apego a derechos humanos y a un desarrollo regional sostenible.
Conclusiones
Los megaproyectos de energía renovable son emblemas de una transición energética centrada en hacer buenos negocios y alejada de una visión integral sostenible. En el imaginario colectivo la TE lleva a la asociación inmediata con el uso de tecnologías menos contaminantes y más amigables con el planeta. Si bien la vocación original de las energías renovables es la necesidad de construir un futuro sostenible, su materialización en México ha estado sometida a la fuerte presión del interés económico.
La siguiente gráfica muestra los sectores y empresas alimentados por casi la mitad de la energía eléctrica producida por la tecnología eólica (para 2019 la modalidad de autoabastecimiento representa el 43% de la generación eléctrica autorizada para parques eólicos). En el caso de los parques fotovoltaicos, la información es más opaca, pues se trata de empresas que comercializan la energía a través del mercado eléctrico mayorista, donde figuran los usuarios de mayor consumo, cuya demanda eléctrica es mayor a 1MW, de acuerdo con el CRE.
Empresas y sectores de consumo de energía eléctrica producida por parques eólicos para autoabastecimiento en 2017
Elaboración de GeoComunes (2017)
En la Península de Yucatán, los proyectos de autoabastecimiento servirán para empresas como Cinépolis o la fábrica de chocolates Mars en el caso de los parques eólicos Dzilam Bravo y Tizimín; para la fábrica de materiales de construcción Mitza y la cadena de supermercados Tiendas 3B en el caso del parque solar K’iin, o para abastecer la nueva planta cervecera del Grupo Modelo en el caso del parque solar Oxcum-Umán.
Aunados a los impactos e irregularidades ya explicados, los datos sobre los consumidores para los cuales se estaría produciendo la energía, nos obligan a insistir en el debate sobre para qué y para quién se está desarrollando y gestionando la energía eléctrica. También obliga a cuestionar el término de “energía limpias”, dadas las graves afectaciones socioambientales que han generado su construcción y operación (despojo de tierras, afectaciones a los mantos acuíferos y a la tierra, desplazamiento de agricultura familiar y otras actividades productivas tradicionales como la apicultura, y la criminalización de voces críticas, por citar algunos).
Aunque se presente bajo una falsa fachada de ambientalismo, hasta ahora la electricidad producida por esos parques alimenta actividades con graves consecuencias sobre el ambiente biocultural: minería, agronegocios y grandes cadenas comerciales asociadas o la industria turística.
Otro tema importante es el patrón de actuación de los promotores de esos proyectos (empresas consultoras, constructoras y operadoras en conjunto con instancias de gobierno) para engañar la población local a partir de proceso informativos y consultorios inexistentes o inadecuados con el fin de llegar a acuerdos legales (pero con muchas irregularidades) de acaparamiento de tierras colectivas. Lo que está ocurriendo en la península sigue el patrón que se utilizó hace unos años en el istmo de Tehuantepec en Oaxaca, y que ahora también se está extendiendo a otros territorios (Jalisco, Puebla, Tamaulipas).
El hecho de que en México los proyectos solares y eólicos sean exclusivamente desarrollados por empresas privadas y generalmente de capital extranjero que monopolizan el sector en sus distintas cadenas (abastecimiento de turbinas o paneles, construcción y operación de los parques) es también preocupante desde el punto de vista de la soberanía energética del país . La política energética de México ha estado dictada por intereses privados y foráneos que solo buscan generar y centralizar ganancias, en detrimento de una producción racional que permita al país transitar hacia un acceso equitativo y sostenible de la energía.
Este modelo carece también de un análisis que evalúe los patrones de consumo energético y la responsabilidad de los contextos urbanos e industriales. En el caso de la península, el papel que tiene, por ejemplo, la actividad turística en el consumo eléctrico regional es un tema que se debe ponderar adecuadamente. Por ejemplo, solo en el 2017 Cancún consumió 127 mil megawatt por mes en promedio, de los cuales el 48% fueron para la zona hotelera [6].
Si bien el cambio climático es una realidad global en la que la transición energética es urgente, hay que evidenciar que el desarrollo de megaproyectos de ER, como los que se dan en la Península de Yucatán, afecta a las comunidades más pobres, sus recursos naturales y derechos humanos y colectivos. Aumenta así la vulnerabilidad de estas comunidades ante los efectos del cambio climático, pese a ser quienes menos han contribuido a este problema. Por ello, el avance de otros modelos de desarrollo de las ER, sostenibles, inclusivos, responsables con los territorios y las comunidades, es urgente [7].
Referencias
1. Serie “La descarrilada transición energética en Yucatán”, en La Jornada Maya, 2019: www.lajornadamaya.mx/2019-02-22/La-descarrilada-Transicion-Energetica-en-Yucatan; www.lajornadamaya.mx/2019-02-25/La-descarrilada-Transicion-Energetica-en-Yucatan; www.lajornadamaya.mx/2019-03-06/La-descarrilada-Transicion-Energetica-en-Yucatan---3-de-6--; www.lajornadamaya.mx/2019-03-12/La-descarrilada-transicion-energetica-en-Yucatan--IV-de-VI-; www.lajornadamaya.mx/2019-03-26/La-descarrilada-transicion-energetica-en-Yucatan--V-de-VI-; www.lajornadamaya.mx/2019-04-16/La-descarrilada-Transicion-Energetica-en-Yucatan--Parte-VI-y-ultima-.
2. Jazmín Sánchez Arceo e Ivet Reyes Maturano. “La Transición Energética en Yucatán: el desvío de sus principios y los riesgos para la sostenibilidad de la región”, octubre de 2018. https://articulacionyucatan.files.wordpress.com/2018/10/la-transiciocc81n-energecc81tica-en-yucatacc81n_-desvicc81os-y-riesgos-oct-18.pdf.
3. Victoria Tauli-Corpuz. “Informe de la Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas sobre su visita a México”, 28 de junio de 2018, ONU. www.hchr.org.mx/images/doc_pub/2018-mexico-a-hrc-39-17-add2-sp.pdf.
4. Resolución al juicio de amparo número IV-171/2019 por parte del Juez Quinto de Distrito en el Estado de Yucatán, Carlos Solís Briceño.
5. GeoComunes. 2017. Amenaza neoliberal a los bienes comunes: Panorama Nacional de Megaproyectos Eléctricos: http://geocomunes.org/Analisis_PDF/Centrales%20A%20lectura.pdf.
6. https://laverdadnoticias.com/quintanaroo/Cancun-la-ciudad-que-mas-energia-gasta--20171222-0085.html.
7. Baker, S.H., Unlocking the Energy Commons: Expanding Community Energy Generation (2018). Law and Policy for a New Economy, Melissa K. Scanlan, ed., Edward Elgar Publishing, 2017; Northeastern University School of Law Research Paper No. 318-2018.